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martes, 27 de octubre de 2015

El 4 de diciembre se podrá viajar sin visa a 26 países en Europa

El presidente de la República, Juan Manuel Santos, que recibió en la Casa de Nariño al Presidente del Consejo de Ministros de Italia, Matteo Renzi, precisó que en diciembre firmará el acuerdo para la eliminación del visado que se exige a los colombianos para entrar a los 26 países europeos.

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El mandatario agradeció el respaldo de Italia para que “la Unión Europea nos elimine antipáticas visas a los colombianos” y anunció que en diciembre viajará a Bruselas para suscribir el acuerdo con la UE, luego de asistir en París a la cumbre mundial sobre medio ambiente.

“En el día de ayer se tomó la última decisión y falta la firma. Voy a ir después de la COP21 a firmar el documento, que es el paso último, y a partir de ese momento los colombianos podrán ingresar a los 26 países de Europa sin visas. Eso para nosotros es de gran importancia”, expresó.

“El próximo 3 de diciembre eso será una realidad”, recalcó. La exención de la visado Schengen entrará en vigor el 4 de diciembre pues Santos firmará el documento el 3 de diciembre.

El lunes pasado, el Consejo de Ministros de la Unión Europea autorizó la firma del acuerdo con el Gobierno de Colombia sobre exención reciproca de visados.

La Embajadora de la Unión Europea en Colombia, Ana Paula Zacarías, declaró que “abolir la obligación de visado estimulará la movilidad hacia la UE, las visitas familiares, interpersonales y de negocio, algo que ira a favor de la consolidación del desarrollo socioeconómico y el entendimiento mutuo entre la UE y Colombia”, sostuvo la diplomática.

Explicó que el tiempo previo a la firma definitiva del acuerdo permitirá a que las aerolíneas, aduanas y las autoridades en los diferentes puntos de entrada adopten las medidas necesarias para agilizar el ingreso de colombianos que viajen al espacio de los 26 países Schengen por periodos de corta duración de hasta 90 días.

La UE indicó que para poder viajar sin visa a partir de la fecha de entrada en vigor del acuerdo, se debe tener un pasaporte que tenga vigencia como mínimo tres meses después de la fecha prevista de regreso, un tiquete de ida y vuelta, una reserva de hotel o invitación de amigo o familiar, y demostrar recursos económicos para su sostenimiento durante la estadía.

Los 26 estados del espacio Schengen son 22 países de la Unión Europea: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Suecia, República Checa, Hungría, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Grecia y cuatro más no miembros de la UE: Suiza, Noruega, Islandia y Liechtenstein.


La exención de visado también aplicará para viajes de corta duración a cuatro países miembros de la Unión Europea fuera del espacio Schengen: Bulgaria, Croacia, Chipre y Rumania.

Recuerde

1. Recuerde que si usted permanece más de 90 días sin el permiso respectivo, o trabajar sin la visa apropiada, estará en situación migratoria irregular lo cual constituye una infracción a las normas migratorias y comporta sanciones administrativas que pueden llevar a la deportación y estas sanciones dañan su record migratorio y le impedirá su libre movilidad internacional.


2. Así mismo, es importante que usted sepa que este tipo de visa no otorga un derecho automático de entrada y estancia. Los Estados tienen la potestad de decidir, caso a caso, si admiten o no en su territorio a un extranjero. En consecuencia, un extranjero puede ser inadmitido.

3. Para probar los medios de subsistencia suficientes las autoridades de cada país podrán basarse en los montos que usted posee en efectivo, cheques o tarjetas de crédito. No existe un presupuesto mínimo ni máximo, depende directamente de los Estados del Acuerdo que usted pretende visitar, del tiempo que tiene pensado para su estadía y del número de personas que lo acompañen.



4. Este acuerdo solo aplica para estancias de corta estadía por lo que los permisos autorizados por visas de residencia o larga duración no se incluyen dentro del periodo máximo de estancia.

Es indispensable portar y presentar en formato físico los siguientes documentos:

- Tiquetes aéreos que confirmen el regreso al país de procedencia.
- Justificación del motivo de la estancia prevista.
- Reserva de alojamiento válida y vigente o carta de invitación.
- Prueba de medios suficientes de subsistencia (dinero en efectivo y tarjetas de crédito, entre otros).
- Documento justificativo del propósito del viaje (asistencia a eventos, conferencias y reuniones, entre otros).
- Certificado de cursos cortos en caso de inscripción a estudios.
- No estar reportado en el sistema de alertas de inadmisión emitidas por el Sistema de Información Schengen.
- No ser considerado una amenaza para el orden público, la seguridad interior, la salud pública o las relaciones internacionales de cualquiera de los Estados Miembro.


Otros documentos podrían ser solicitados al momento de su llegada al país, tales como: seguros de viaje, tiquetes de trayectos al interior de los Estados parte del Acuerdo, justificativos de domicilio en caso de que se le extienda una invitación, entre otros.

El Colombiano

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